Un coloquio aborda la eficacia de la Constitución Española en materia de igualdad

Organizado por el Centro de Estudios Andaluces, tendrá lugar el 13 de marzo

La Constitución Española de 1978, en sus artículos 14 y 9.2. introdujo en nuestra sistema jurídico una concepción de igualdad no solo formal o ante la ley sino también social, económica, política y cultural, que se extiende a todos los individuos, con independencia de su sexo. Estos dos significados de igualdad, formal y material, han sido desarrollados por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional hasta convertirla en un derecho de la ciudadanía.

La Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, surgió con vocación de ley-código de la igualdad, e introdujo un amplio conjunto de reformas en la estructura y funcionamiento de entidades privadas e instituciones públicas, y en la formación de operadores jurídicos. Al mismo tiempo, convirtió la igualdad entre mujeres y hombres en un principio transversal del ordenamiento jurídico y en criterio de interpretación y aplicación de las normas. Sin embargo, el impacto y alcance de la Ley de Igualdad se ha fragmentado entre las numerosas leyes que modificaba, lo cual parece haber difuminado el sentido complejo y el carácter jurídico fundamental de la igualdad.

Cuando se cumplen 40 años de la aprobación de la Constitución Española de 1978, el Centro de Estudios Andaluces propone un coloquio para analizar y revisar su eficacia en materia de la igualdad entre mujeres y hombres. Bajo el título ‘Mujer y Constitución: ¿Una (dis)paridad de derechos?’ tres expertas universitarias debatirán sobre este asunto mañana martes 13 de marzo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla: Josefa Ruiz Resa, profesora de Filosofía del Derecho de la Universidad de Granada; Blanca Rodríguez Ruiz, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla y María del Mar González, profesora de Psicología de la Universidad de Sevilla. Como moderadora estará Mercedes de Pablos Candón, directora del Centro de Estudios Andaluces.

En este coloquio se intentará responder a varios interrogantes. ¿Será necesario incluir en la misma Constitución el contenido jurídico básico de esta igualdad o bastará con mejorar la formación de los operadores jurídicos en este ámbito, e introducir los cambios institucionales previstos, como el que dispone una participación equilibrada de mujeres y hombres en los poderes públicos?

Una reforma constitucional en tal dirección, ¿implica también una reforma constitucional más amplia que abarque la constitución social y económica, e incluso la forma política del Estado español, si su diseño actual contradice la igualdad entre mujeres y hombres? ¿La reforma de la Constitución bastaría para cambiar la autopercepción de la desigualdad?

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