Canarias evalúa el impacto de género en la normativa

Los informes deberán poner de manifiesto las desigualdades existentes en el ámbito de actuación de la propuesta de norma o plan

El Gobierno de Canarias ha aprobado las directrices que regulan la elaboración de los informes de evaluación del impacto de género en los proyectos de ley, disposiciones reglamentarias y planes que apruebe el Ejecutivo canario, conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre mujeres y Hombres, y fijan su contenido básico. Estas pautas serán seguidas por todos los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos autónomos.

La emisión de un informe de evaluación del impacto de género corresponderá al centro directivo que elabore el proyecto normativo o plan del que se trate, y dicho informe deberá poner de manifiesto las desigualdades existentes entre mujeres y hombres en el ámbito de actuación de la propuesta de norma o plan. De este modo, deberá incluir los datos estadísticos desagregados por sexo; los indicadores pertinentes para el análisis de la dimensión de género; los resultados previsibles que la propuesta de norma o plan analizados pudieran tener sobre las desigualdades detectadas y los mecanismos y las medidas que se proponen dirigidas a paliar y neutralizar los posibles impactos negativos que se detecten sobre las mujeres y los hombres, así como a reducir o eliminar las desigualdades identificadas, a fin de promover la igualdad entre ambos sexos.

El ejecutivo considera que estas directrices suponen una herramienta de apoyo técnico para la mejora y la simplificación de la práctica administrativa, que tiene como finalidad unificar los criterios de elaboración de los informes de impacto de género.

Se entenderá que es pertinente al género el proyecto de norma o plan, cuando afecte a personas físicas o jurídicas u órganos colegiados, que pueda influir en la ruptura del rol y los estereotipos de género e incida directa o indirectamente sobre el acceso y el control de los recursos materiales o inmateriales, comprobando a tal fin si las diferencias en la situación de partida de hombres y mujeres en el ámbito sectorial pueden convertirse en desigualdades a través de la aplicación de la disposición aprobada.

La valoración del impacto de género del proyecto de norma o plan podrá ser positivo, si disminuye las brechas de género, es decir, si reduce las desigualdades entre mujeres y hombres previamente identificadas; o negativo, si perpetua o incrementa las brechas de género. En este último supuesto, la norma o plan deberá ser revisada e introducir las correcciones que hagan que su impacto sea positivo.

El Instituto Canario de Igualdad realizará un seguimiento de los informes de todos los departamentos y elaborará un documento anual sobre el grado de avance de la igualdad de género en Canarias a través de la normativa y las políticas públicas del Gobierno de Canarias.

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