El negocio del empeño llega a los vehículos

Recurso. Coche
C. Andaluza Mujeres Empresarias

Al igual que los negocios que se dedican al empeño de joyas y alhajas están surgiendo empresas que proponen como “solución” ante la falta de liquidez el empeño de vehículos.  Ante la posibilidad de que este tipo de establecimientos acaben también por multiplicarse y cada vez sean más las personas que acaben haciendo uso de estos servicios, Al-Andalus quiere informar a los consumidores de cuáles son las medidas elementales de precaución que se deben tener en cuenta.
 
Hasta en tiempos de crisis se puede hacer negocio y existen numerosos ejemplos que lo demuestran. Uno de ellos es el caso de las empresas que se dedican a la compra-venta de oro o al empeño de joyas y alhajas, las cuales han proliferado a toda velocidad en los últimos meses, detectándose en algunos casos incidencias en cuestiones de obligado cumplimiento.
 
Pero resulta que ya no sólo pueden empeñarse este tipo de objetos sino otros de diferente naturaleza. Según ha constatado la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa, AL-ANDALUS, están empezando a surgir empresas que en esta coyuntura de crisis económica ofrecen liquidez inmediata por el empeño de nuestro vehículo.
 
Por este motivo y con el objetivo de que no se repitan también en estos casos irregularidades en cuanto al cumplimiento de la normativa de Defensa y Protección de los Consumidores, AL-ANDALUS quiere informar a los ciudadanos de cuáles son las medidas elementales de precaución que se deben tener en cuenta en caso de hacer uso de los servicios que ofrecen estas empresas de empeño de vehículos:
 
– No se deje llevar por la publicidad insistente que realiza  este tipo de negocios. Preste especial atención a la publicidad que omite datos importantes para el consumidor o que utiliza técnicas persuasivas.
 
– Infórmese de los datos identificativos del responsable o responsables del negocio (nombre, dirección…).
 
– Asegúrese de que le informan sobre el precio cierto y completo, desglosando los distintos importes, así como los gastos adicionales que pudieran existir por servicios accesorios (por ejemplo gastos de aparcamiento), importe de los incrementos que sean de aplicación (intereses de la operación) y otros que pudieran repercutir al consumidor (gastos de gestoría, tramitación…), sin alusión a textos u otros documentos que el consumidor desconozca.
 
– Pida información sobre las garantías ofrecidas (inmovilización del vehículo durante el periodo de depósito, existencia de seguro por daños…).
 
– Infórmese de las condiciones de contratación aplicables, de los requisitos exigidos (antigüedad del vehículo, documentación que se solicita, plazo para la recuperación del automóvil empeñado, posibles prórrogas y procedimiento establecido para ello).
 
– En caso de formalizar la operación, exija copia del contrato en el que figuren todos los detalles de la misma. Conserve esta copia y cuanta documentación disponga, ya que le servirán de justificante en caso de reclamación.
 
 – Finalmente recuerde: solicite siempre la Hoja de Quejas y Reclamaciones en caso de que hayan sido vulnerados algunos de sus derechos como usuario.

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