El CERMI pone en práctica un Protocolo de Actuación de Maternidad Informada en relación a la discapacidad

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha puesto en práctica un Protocolo de Actuación de Maternidad Informada, que consiste en un protocolo de contacto y relación con la mujer respecto de la regulación legal de la interrupción voluntaria del embarazo o aborto en los aspectos que guardan relación con la discapacidad.
 
Este protocolo se respalda en que la legislación establece protocolos de contacto y relación de la mujer, o la pareja progenitora, con personas con discapacidad y sus familias con miembros con discapacidad. En este sentido, el CERMI considera que la decisión sobre la interrupción del embarazo, sea cual sea el motivo que lleva a la mujer o a la pareja progenitora a llevarla a efecto, “debe ser madura e informada”.
 
Según el CERMI, antes de tomar una decisión sobre la interrupción del embarazo se necesita un “conocimiento real, directo y cercano” de la discapacidad individual y familiarmente, y de los recursos y apoyos que existen para estas situaciones.
 
Así, el objetivo de este protocolo es favorecer la no discriminación y la igualdad de oportunidades en las situaciones en las que exista un diagnóstico prenatal que pueda suponer una discapacidad. Asimismo, también se aplicará en los casos en los que la discapacidad aparezca o se identifique durante los 3 primeros años de vida.
 
“Los hombres y mujeres con discapacidad son siempre seres humanos intrínsicamente valiosos, con la misma dignidad y derechos, y se merecen el mismo respeto que el resto de personas, lo que condiciona de modo absoluto cualquier trato, atención o intervención que reciban ellos o sus familias”, afirma el documento.
 
El CERMI considera que resulta “deseable” establecer un procedimiento de actuación orientado a garantizar, “en términos de respeto y trato idóneo”, atención o intervención “apropiadas” desde el momento de la aparición o identificación de la discapacidad, presente o potencial, y su posterior comunicación a los progenitores  o representantes legales, hasta la derivación a los servicios socio-sanitarios, educativos, de promoción de la autonomía personal o de otra índole que fueran necesarios.
 
En este sentido, el CERMI opina que los profesionales y todas las personas implicadas en estas fases deberán tener a su disposición y recibir información relativa a la toma de conciencia sobre los derechos de las personas con discapacidad; los distintos tipos de discapacidad, las alternativas posibles, los tratamientos disponibles, recursos, públicos o privados, servicios y redes de apoyo; y una comunicación accesible, así como una información y una orientación adecuadas tras la toma de decisión por los progenitores o representantes legales del menor.
 
La Ley de Salud Sexual y Reproductiva de la Interrupción Voluntaria del Embarazo establece que se podrá interrumpir el embarazo por causas médicas cuando no se superen las 22 semanas de gestación y siempre que exista riesgo de graves anomalías en el feto.
 
En cuanto al Real Decreto de desarrollo parcial de esta Ley y en relación a su artículo sobre la información previa al consentimiento en los supuestos de interrupción voluntaria del embarazo, se establece que se hará entrega a la mujer interesada de una información referente a los derechos, prestaciones y ayudas públicas existentes de apoyo a las autonomías de las personas con alguna discapacidad, así como sobre la red de organizaciones sociales de asistencia social a dichas personas.
 
Por último, el CERMI no tiene una posición institucional sobre la regulación legal de la interrupción voluntaria del embarazo o aborto, ya que según el Comité, “esta cuestión no forma parte por sí misma de la agenda política de los asuntos de la discapacidad, de la que se ocupa el CERMI como plataforma de representación, acción y defensa de la discapacidad organizada en España”.
 
“Cualquier postura sobre la interrupción del embarazo pertenece a la esfera propia de la persona”, añade. Sin embargo, el CERMI sí que tiene una posición beligerante contra cualquier tipo de discriminación por razón de discapacidad. “Estamos, como CERMI, no en el debate de la interrupción del embarazo, que no nos concierne como entidad, sino en el debate de la no discriminación”, concluye.
 

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